Fecha de Publicación: 
Miércoles, 10 Enero, 2018
Anualidad: 
2018
Fecha límite de presentación: 
Miércoles, 7 Febrero, 2018
BDNS (identif.): 378155

Mediante acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Burgos, de fecha 18 de diciembre de 2017, se aprobó la “Convocatoria pública de la Diputación Provincial de Burgos para la concesión de ayudas a Entidades Locales Menores de la provincia de Burgos pertenecientes a municipios de menos de 20.000 habitantes para la financiación de obras durante el año 2018" .

La presente convocatoria tiene por objeto la asistencia de carácter económico a Entidades de ámbito territorial inferior al municipio de la provincia de Burgos, subvencionando en régimen de concurrencia competitiva la financiación de obras de su competencia.
Sólo serán objeto de subvención las obras iniciadas con fecha 1 de enero de 2018 y que hayan sido ejecutadas y justificadas en esta Diputación en el plazo de 10 meses desde la publicación de la aprobación de la resolución de esta convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de Burgos.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, por cualquiera de los medios que se establecen en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Anuncio 201707327 (BOPBUR-2017-07327 ) (PDF - 133'45 Kb)

Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los medios que se establecen en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente convocatoria tiene por objeto la asistencia de carácter económico a Entidades de ámbito territorial inferior al municipio de la provincia de Burgos, pertenecientes a municipios de menos de 20.000 habitantes, subvencionando en régimen de concurrencia competitiva la financiación de obras de su competencia.
Sólo serán objeto de subvención las obras iniciadas con fecha 1 de enero de 2018 y que hayan sido ejecutadas y justificadas en esta Diputación en el plazo de 10 meses desde la publicación de la aprobación de la resolución de esta convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de Burgos.

No se concederá subvención alguna hasta tanto no se hayan justificado adecuadamente subvenciones anteriores.
Las subvenciones a conceder en concepto de subvención no serán superiores al 90% de los presupuestos remitidos, o de la cantidad que como fase considere esta Diputación como subvencionable o elegible.