Fecha de Publicación: 
Viernes, 13 Noviembre, 2020
Anualidad: 
2020
Fecha límite de presentación: 
Lunes, 30 Noviembre, 2020

Convocatoria pública de la Diputación Provincial de Burgos para la concesión de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales para la financiación de proyectos de cooperación al desarrollo, para el ejercicio 2020.

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente la publicación del extracto correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia y finaliza a los 15días naturales.
 

Fecha publicación en el BOP: Boletín nº 207 de 13/11/2020
Fecha inicio presentación solicitudes: 14/11/2020
Fecha finalización presentación de solicitudes: 30/11/2020

 

Enlace a la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/531326


Las Organizaciones o Entidades No Gubernamentales que deseen tomar parte en esta Convocatoria deberán formular sus solicitudes, en Modelo normalizado aprobado, que se adjunta como Anexo I a esta Convocatoria, y que deberá ser cumplimentado de forma rigurosa en todos sus apartados, firmadas por el Presidente o representante legal de la Asociación, legalmente acreditado, dirigidas al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Burgos, y se presentarán en el registro telemático de la Diputación de Burgos http://sede.diputaciondeburgos.es, o en su defecto, en el Registro General de la Excma. Diputación, o por cualquiera de los medios señalados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente Convocatoria tiene por objeto adjudicar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a Organizaciones No Gubernamentales con fines de Cooperación al Desarrollo, en adelante ONGS, para colaborar en la financiación de Proyectos de Cooperación del Desarrollo que complementen o contribuyan al desarrollo de  proyectos sociales. 
Podrán acogerse a esta Convocatoria, las Organizaciones o Entidades No Gubernamentales que cumplan los siguientes requisitos: Ser entidades privadas sin ánimo de lucro. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente antes de la publicación de esta Convocatoria. Disponer de Sede o Delegación permanente en Burgos o su provincia. A estos efectos se entenderá como delegación aquella que cuente con personal permanente de la organización, ya sea contratado o voluntario, y local fijo donde realizar su actividades.

Los proyectos, para ser objeto  de subvención, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener un presupuesto de ejecución mínimo de 7.722 euros y máximo de 40.000 euros.
  2. Realizarse a través de un socio local en el país donde se va a desarrollar la acción objeto de la subvención, y con la participación activa de la población beneficiaria de la subvención en el diseño, ejecución y evaluación de las actividades.
  3. Ser viables económica, social y administrativamente, de modo que la continuidad del proyecto quede garantizada cuando finalice la ayuda del exterior.
  4. La ONG beneficiaria aportará como mínimo del 20% del coste total del proyecto. Se podrá considerar como tal, la aportación de la entidad beneficiaria mediante recursos humanos y materiales necesarios con los que contribuya para la ejecución de la acción a subvencionar.

A tal efecto, se considerará como contribución financiera al proyecto la realizada por los socios locales de la entidad en el país donde se va a realizar la acción objeto de la subvención, considerando como tal, aquélla en especie que sea imprescindible para la realización del proyecto presentado, como mano de obra, terrenos e infraestructuras aportadas. 

  1. Los proyectos deberán ajustarse al formulario de presentación de las presentes bases.
  2. El presupuesto será pormenorizado por concepto y financiadores, mostrando el coste unitario, cantidad necesaria, etc.
El presupuesto total destinado a esta Convocatoria será de 325.000 euros, con cargo de la aplicación presupuestaria 38.2311.480.02 del Presupuesto General para 2020.

El importe de la ayuda concedida en el marco de esta Convocatoria, podrá alcanzar como máximo el 80% del coste del proyecto, sin que en ningún caso estos porcentajes puedan exceder de la limitación presupuestaria establecida en la Base Segunda para cada modalidad.