Fecha de Publicación: 
Viernes, 5 Agosto, 2022
Anualidad: 
2022
Fecha límite de presentación: 
Jueves, 25 Agosto, 2022
Convocatoria pública de la Diputación Provincial de Burgos para la concesión de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales para la financiación de proyectos de cooperación al desarrollo, para el ejercicio 2022.

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente la publicación del extracto correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia y finaliza a los 20 días naturales.

Fecha publicación en el BOP: 
Boletín nº 149 de 05/08/2022
Fecha inicio presentación solicitudes: 06/08/2022
Fecha finalización presentación de solicitudes: 25/08/2022

Enlace a la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/640987

Las Organizaciones o Entidades No Gubernamentales que deseen tomar parte en esta Convocatoria deberán formular sus solicitudes, en el modelo normalizado aprobado, que se adjunta como Anexo I a esta Convocatoria, y que deberá ser cumplimentado de forma rigurosa en todos sus apartados, firmadas por el Presidente o representante legal de la Asociación, legalmente acreditado, dirigidas al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Burgos.

Esta Convocatoria se articula al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, donde se establece la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, a las personas jurídicas, es decir, a los posibles beneficiarios de las ayudas de esta Convocatoria.

Al amparo del marco normativo citado, esta Diputación Provincial de Burgos aprobó con fecha 4 de septiembre de 2020 la Ordenanza de Administración electrónica, cuya publicación efectiva se realizó en el B.O.P. núm. 212 de fecha 20 de noviembre de 2020. En dicha Ordenanza se regula, en su artículo 6, el catálogo de procedimientos. A tales efectos, las instancias y demás documentación necesaria y/o complementaria para participar en esta Convocatoria y posteriormente justificar las subvenciones, se presentará única y exclusivamente en la sede electrónica de la Diputación provincial.

No se admitirá la presentación de instancias por otros cauces de intercambio registral distintos a la propia sede electrónica de la Diputación Provincial de Burgos.

Las personas jurídicas que deseen participar en esta Convocatoria, deberán presentar las instancias y demás documentación necesaria y/o complementaria, así como su justificación posterior, única y exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Burgos, donde los interesados podrán encontrar catalogada y clasificada toda la documentación necesaria identificada con el código 03.14.01.03.03 y la denominación como “CONVOCATORIA  SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, PARA EL EJERCICIO 2022”. No admitiéndose la presentación de instancias y/o documentación necesaria o complementaria por otros cauces de intercambio registral distintos a la propia sede electrónica de la Diputación Provincial.

En el Anexo I, cada Organización o Entidad No Gubernamental hará constar un correo electrónico institucional que será el que esta Entidad utilizará para las notificaciones por comparecencia en sede electrónica en la gestión administrativa de esta Convocatoria. Estas notificaciones serán accesibles mediante comparecencia en sede electrónica https://sede.diputaciondeburgos.es en la sección BUZON DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS. Esta dirección electrónica deberá ser coincidente con la que ya figura o figurará de modo permanente en su correspondiente ficha de la sede electrónica de esta Diputación Provincial.

Para facilitar o actualizar la dirección de correo electrónico debe acceder a  https://sede.diputaciondeburgos.es  y entrar en  la sección: MIS DATOS – Datos personales, deberá acceder mediante certificado digital de representante

La presente Convocatoria tiene por objeto adjudicar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a Organizaciones No Gubernamentales con fines de Cooperación al Desarrollo, en adelante ONGS, para colaborar en la financiación de Proyectos de Cooperación del Desarrollo que complementen o contribuyan al desarrollo de  proyectos sociales. 

Podrán acogerse a esta Convocatoria, las Organizaciones o Entidades No Gubernamentales de Cooperación al Desarrollo (ONGD), así como entidades colaboradoras que ejerzan representación de Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser entidad privada sin ánimo de lucro de las inscritas cono ONGD en el Registro de Agentes de Cooperación al desarrollo de Castilla y León, tal y como dispone al art. 5.1 del Decreto 46/2008, de 26 de junio, de la Consejería de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León. La inscripción en dicho registro deberá ser de fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria. .
  •  Disponer de Sede o Delegación permanente en el ámbito territorial de la Provincia de Burgos, antes de la publicación de la presente convocatoria. Se entenderá como delegación aquella que cuente con personal contratado o voluntario y local adecuado donde realizar sus actividades.
  • Tener acreditados en sus Estatutos como fines propios la realización de actividades de ayuda y cooperación con países con menor índice de desarrollo humano, o actividades de ayuda a los colectivos más vulnerables de los ámbitos geográficos con graves desigualdades en el seno de su territorio.
  • Acreditar experiencia y capacidad operativa en el ámbito de la cooperación, describiendo las actividades de cooperación realizadas en los últimos tres años.
  •  Disponer de un socio o contraparte local en el país donde se vaya a desarrollar el proyecto. Se admitirá que la contraparte pueda ser un Organismo Internacional de los pertenecientes al sistema de Naciones Unidas.
  • No tener relaciones de dependencia, ni directa ni indirecta, de instituciones públicas, sean autonómicas, estatales o internacionales.
  • No estar incursa en algunas de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Haber justificado, en su caso, las subvenciones otorgadas en convocatorias anteriores por la Excma. Diputación Provincial de Burgos, en materia de Cooperación al Desarrollo, salvo que se haya autorizado por el órgano competente prórroga en la ejecución y justificación de proyectos anteriores, y no hallarse inmerso en procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por tal motivo.

Los proyectos, para ser objeto  de subvención, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener un presupuesto de ejecución mínimo de 7.722 euros y máximo de 40.000 euros.
  2. Realizarse a través de un socio local en el país donde se va a desarrollar la acción objeto de la subvención, y con la participación activa de la población beneficiaria de la subvención en el diseño, ejecución y evaluación de las actividades.
  3. Ser viables económica, social y administrativamente, de modo que la continuidad del proyecto quede garantizada cuando finalice la ayuda del exterior.
  4. La ONG beneficiaria aportará como mínimo del 20% del coste total del proyecto. Se podrá considerar como tal, la aportación de la entidad beneficiaria mediante recursos humanos y materiales necesarios con los que contribuya para la ejecución de la acción a subvencionar.

A tal efecto, se considerará como contribución financiera al proyecto la realizada por los socios locales de la entidad en el país donde se va a realizar la acción objeto de la subvención, considerando como tal, aquélla en especie que sea imprescindible para la realización del proyecto presentado, como mano de obra, terrenos e infraestructuras aportadas. 

  1. Los proyectos deberán ajustarse al formulario de presentación de las presentes bases.
  2. El presupuesto será pormenorizado por concepto y financiadores, mostrando el coste unitario, cantidad necesaria, etc.

De conformidad con lo establecido en el art. 23.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones,  el importe total de las subvenciones asciende a la cantidad de ciento setenta y cinco  mil euros (175.000,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria núm. 38/2311/480/02/17.2, destinada a “Otras actuaciones de carácter social”, correspondiente al Presupuesto General de esta Corporación para el ejercicio 2022.