Fecha de Publicación: 
Martes, 21 Marzo, 2017
Anualidad: 
2017
Fecha límite de presentación: 
Viernes, 21 Abril, 2017
BDNS (identif.): 335220

Mediante acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Burgos, de fecha 9 de marzo de 2017, se aprobó la “Convocatoria pública de la Diputación Provincial de Burgos para la concesión de ayudas a Entidades Locales Menores de la provincia de Burgos pertenecientes a municipios de menos de 20.000 habitantes para la financiación de obras durante el año 2017”.

La presente convocatoria tiene por objeto la asistencia de carácter económico a Entidades de ámbito territorial inferior al municipio de la provincia de Burgos, subvencionando en régimen de concurrencia competitiva la financiación de obras de su competencia.

Sólo serán objeto de subvención las obras iniciadas con fecha 1 de enero de 2017 y que hayan sido ejecutadas y justificadas en esta Diputación antes del día 30 de junio de 2018.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, por cualquiera de los medios que se establecen en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los medios que se establecen en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente convocatoria tiene por objeto la asistencia de carácter económico a Entidades de ámbito territorial inferior al municipio de la provincia de Burgos, pertenecientes a municipios de menos de 20.000 habitantes, subvencionando en régimen de concurrencia competitiva la financiación de obras de su competencia.
Sólo serán objeto de subvención las obras iniciadas con fecha 1 de enero de 2017 y que hayan sido ejecutadas y justificadas en esta Diputación antes del día 30 de junio de 2018.
Las subvenciones a conceder en concepto de subvención no serán superiores al 90% de los presupuestos remitidos, o de la cantidad que como fase considere esta Diputación como subvencionable o elegible.