Fecha de Publicación: 
Lunes, 10 Junio, 2019
Anualidad: 
2019
Fecha límite de presentación: 
Sábado, 15 Junio, 2019
Servicio gestor: Formación, Empleo y Desarrollo Local
Órgano y fecha de aprobación: Acuerdo de la Junta de Gobierno de 24 de mayo de 2019
Fecha de Publicación Extracto en el BOP: 10 de junio de 2019
Plazo de solicitud/aceptación: cinco días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto en el BOP
Requisitos y condiciones: las que se especifican en las bases.
 

La solicitud/aceptación se realizará según modelo normalizado recogido en el Anexo II de las bases, que se presentará en el Registro General o en la Sede Electrónica (https://sede.diputaciondeburgos.es/) de la Excma. Diputación Provincial de Burgos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
El objeto de la subvención es financiar los costes laborables derivados de la contratación temporal de personas desempleadas que se encuentren inscritas, como demandantes de empleo no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social, por un período de 180 días y que cumplan los requisitos establecidos en la base quinta.
 
Podrán ser beneficiarios de la presente Convocatoria, 62 municipios de la provincia de Burgos con población igual o inferior a 20.000 habitantes que durante al año 2019 hayan contratado o contraten temporalmente, en el período que las bases señalan, a personas inscritas como desempleados no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social que cumplan los requisitos de contratación establecidos en la Base Quinta.
El importe máximo a financiar por cada contratación será de 10.000 euros por un periodo de 180 días a jornada completa, a los municipios beneficiarios de acuerdo con la distribución establecida en el Anexo I de la Convocatoria. El importe máximo de la subvención se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días. La cobertura de un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato.