Fecha de Publicación: 
Lunes, 24 Mayo, 2021
Anualidad: 
2021
Fecha límite de presentación: 
Martes, 1 Junio, 2021
Servicio gestor: Formación, Empleo y Desarrollo Local
Órgano y fecha de aprobación: Resolución de Presidencia de 18 de mayo de 2021
Fecha de Publicación Extracto en el BOP: 24 de mayo de 2021
Plazo de solicitud/aceptación: ocho días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto en el BOP
Requisitos y condiciones: las que se especifican en las bases.
 

La solicitud/aceptación se presentará y admitirá únicamente de forma electrónica, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumplimentando el Anexo II de estas bases, que se presentará en la sede electrónica de esta Entidad https://sede.diputaciondeburgos.es/ (en el apartado Registro Electrónico-Servicios con Certificado-Envío de solicitudes), donde se encontrará,  con el nombre de solicitud: Convocatoria subvenciones Plan Empleo III (PREPLAN) 2021  EELL, la entrada específica creada para enviar dichas solicitudes; en dicha entrada se accederá a la documentación e información necesaria. El registro electrónico emitirá un recibo de confirmación de la recepción que incluirá la fecha, hora y el número de registro.

 

El envío de solicitudes se realizará únicamente a través del Registro Electrónico de esta Diputación Provincial, a cuyo enlace se puede acceder en el siguiente vínculo:

Acceso al registro electrónico

 

El objeto de la subvención es financiar los costes laborables derivados de la contratación temporal de personas desempleadas que se encuentren inscritas, como demandantes de empleo no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social, por un período de 180 días y que cumplan los requisitos establecidos en la base quinta.
Podrán ser beneficiarios de la presente Convocatoria, 62 municipios de la provincia de Burgos con población igual o inferior a 20.000 habitantes que durante al año 2021 hayan contratado o contraten temporalmente, en el período que las bases señalan, a personas inscritas como desempleados no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social que cumplan los requisitos de contratación establecidos en la Base Quinta. Solo se admitirán las contrataciones efectuadas a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, que cumplan los requisitos establecidos y que se den de alta en la Seguridad Social hasta el 30 de junio de 2021 (día incluido).
Ello conforme a la relación indicada en el Anexo I, establecida conforme a los criterios que se definen en la convocatoria, y que cumplan los requisitos exigidos y realicen las actividades que fundamenten su concesión.

Si, como consecuencia de los supuestos expresados en la convocatoria, existiera remanente alguno, éste será distribuido por una única vez, mediante Resolución de la Presidencia, en el orden establecido en el Anexo I y comenzando por el número 63, hasta agotar el remanente existente. En todo caso los municipios beneficiarios de estos remanentes estarán sujetos a las presentes bases.
 Para que la concesión de la subvención derivada de estos remanentes sea efectiva, el beneficiario, en el plazo máximo de cinco días naturales desde el día siguiente a su notificación, deberá expresar la solicitud/aceptación de la misma y de las condiciones señaladas en la presente resolución, según modelo normalizado en el Anexo II.

 

El importe máximo a financiar por cada contratación será de 10.000 euros por un periodo de 180 días a jornada completa, a los municipios beneficiarios de acuerdo con la distribución establecida en el Anexo I de la Convocatoria. El importe máximo de la subvención se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días. La cobertura de un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato.

Serán financiables los costes salariales y extrasalariales, así como los de Seguridad Social y la indemnización por finalización del contrato, derivados de la contratación temporal de trabajadores desempleados e inscritos, como demandantes de empleo no ocupados, en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Obligación específica 2021: cumplimiento de lo dispuesto respecto de la publicidad, especialmente en la Base Decimoséptima.