Contratación y Junta de Compras.- Expedientes de contratación de obras, servi­cios y suministros; compras en general; cuestiones relativas con el cumplimiento, interpretación y resolución de los contratos, revisiones de precios, devolución de garantías, etc.

A tenor del acuerdo plenario de 13 de julio de 1995, de creación de la Junta de Compras le corresponde:

a) La programación y estudio, en su caso, de las necesidades de cada Centro o Dependencia en relación con los contratos propios de su competencia.

b) La propuesta a la Junta de Gobierno o a la Presidencia, en el ámbito de sus respectivas competencias, de adjudicación de los contratos que se indican y por los límites cuantitativos que se especifican, pudiendo recabar al efecto los informes técnicos que se consideren oportunos:

1.- Obras de reparación simple.

2.- Obras de conservación y mantenimiento. Se entienden como tales aquellas cuya cuantía no exceda 30.050,61.- €.

3.- Contrato de suministros que se refieran a bienes consumibles o de fácil deterioro por el uso, siempre que su cuantía no exceda de 12.020,24.- €.

4.- El seguimiento de las adquisiciones de bienes consumibles y perecederos que, por sus características, escasa cuantía o contingencias puntuales motivadas por necesidades sobrevenidas en el funcionamiento de los Centros y Dependencias, hayan sido decididas por los funcionarios responsables de los mismos.

5.- La adquisición no centralizada de mobiliario, material y equipo de oficina inventariable, siempre que su cuantía no exceda de 12.020,24.- €.

6.-  La adquisición no centralizada de equipos y sistemas para el tratamiento de la información y sus elementos complementarios y auxiliares, siempre que su cuantía no exceda de 12.020,24.- €.

7.- Los contratos de consultoría y asistencia de los servicios, cuando su cuantía no exceda de 12.020,24.- €.

8.-  Los contratos de trabajos específicos y concretos no habituales cuando su cuantía no exceda de 30.050,61.- €.

c) Informar los Pliegos de condiciones económico-administrativas y técnicas que regirán la contratación del objeto de su competencia.

d) Proponer instrucciones sobre normalización para las adquisiciones de todo tipo de bienes.

e) Y cuales quiera otras que, para casos específicos y determinados, sean encomendados por el Presidente de la Diputación o sus órganos colegiados.

 

Informática y Administración Electrónica.- Gestión y mantenimiento de la red informática y de comunicaciones de datos de esta Diputación y sus Centros y oficinas en la Provincia. Funcionamiento y seguridad de la misma; adquisiciones hardware y software y servicios de comunicaciones utilizados en dicha red; estudio, contratación, implantación, personalización y mantenimiento de las aplicaciones software corporativas; desarrollo, gestión y mantenimiento de aplicaciones informáticas para utilización por las distintas Unidades de la Diputación; contratación, gestión y mantenimiento del software básico utilizado en la red de Diputación como Bases de Datos, software de ofimática, software específico estándar como CAD y otros, software antivirus, firewalls, prosys, etc.; contratación, gestión y mantenimiento del acceso troncal de la red de Diputación a Internet y gestión del correo electrónico de los usuarios de dicha red; desarrollo e implantación y gestión y mantenimiento del área de Administración Electrónica de la Diputación de Burgos (Sede Electrónica, Oficina Virtual Tributaria, Boletín electrónico de la Provincia, Registro electrónico, Gestión electrónica de expedientes); y su seguridad, integridad y disponibilidad mediante la aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos, Esquema Nacional de Seguridad, Esquema Nacional de Interoperabilidad, y otros; Convenios de intercambio de datos con otras Administraciones y Entidades financieras como Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección General de Tráfico, Catastro, Bancos, Cajas, etc.